Speed Gallery

TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL SORTEO

  1. Organizado por Speed Gallery LLC

    Bayamón, Puerto Rico

    1. Nombre del Sorteo

    El sorteo se denomina “Speed Gallery 1”.

    2. Entidad Organizadora

    Speed Gallery LLC, ubicada en Calle 15 CC9 Altura de Flamboyán, Bayamón, PR 00959.

    3. Periodo del Sorteo

    El periodo será el publicado oficialmente para cada sorteo. Solo participaciones recibidas dentro de

    dicho periodo serán válidas.

    4. Elegibilidad

    Pueden participar residentes de Puerto Rico mayores de 18 años. Empleados del Organizador y

    familiares directos quedan excluidos.

    5. Premio

    Habrá un (1) solo ganador. El premio será el descrito en la publicación oficial del sorteo

    correspondiente. El premio no es transferible ni canjeable por efectivo.

    6. Selección del Ganador

    El ganador será seleccionado al azar en la fecha indicada en la publicación oficial.

    7. Notificación al Ganador

    Se notificará al ganador por correo electrónico o llamada telefónica. Si no responde dentro del periodo

    estipulado, se seleccionará un ganador alterno.

    8. Reclamación del Premio

    El ganador deberá presentar identificación válida. El incumplimiento resultará en pérdida del premio.

    9. Uso de Imagen

    El ganador autoriza al Organizador a utilizar su nombre e imagen con fines promocionales sin

    compensación adicional.

    10. Privacidad

    La información se utilizará únicamente para la administración del sorteo y no será compartida con

    terceros salvo lo requerido por ley.

    11. Cancelación o Modificación

    El Organizador podrá cancelar o modificar el sorteo por circunstancias fuera de su control.

    12. Prácticas Prohibidas

    No se permiten participaciones fraudulentas, automatizadas, mecanizadas o múltiples envíos en un

    mismo sobre.

    13. Ley Aplicable

    Regido por las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Reglamento de Sorteos del DACO.

    14. Nulidad

    Nulo donde esté prohibido.

    16. Obligación Contributiva del Ganador

    El ganador reconoce y acepta que todo premio, incentivo o compensación otorgado bajo este acuerdo constituye ingreso tributable conforme al Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, Ley 1-2011, según enmendada. De acuerdo con las disposiciones aplicables a ingresos por premios y recompensas, incluyendo pero sin limitarse a las secciones §1031.01(a) (definición general de ingreso bruto) y §1031.02 (ingresos incluidos en el ingreso bruto), el premio estará sujeto al pago de contribuciones sobre ingresos en Puerto Rico.

    El ganador será el único responsable de cumplir con sus obligaciones contributivas, incluyendo la radicación de las planillas correspondientes y el pago de cualquier contribución, recargo o penalidad que surja en relación con dicho premio. La entidad otorgante no será responsable por la retención, pago o manejo de dichas responsabilidades contributivas, salvo que una ley o reglamento disponga lo contrario.

    17. Métodos de Participación

    A. Método regular:

    Con la compra en línea de arte digital seleccionado, con valor aproximado de $10, el participante

    obtiene una (1) participación en el sorteo. No existe límite máximo de participaciones. El arte digital se

    entrega en formato descargable.

    B. Método gratuito (AMOE) – Participación por correo postal:

    El participante puede enviar una tarjeta de 3×5 pulgadas con:

    – Nombre completo

    – Dirección física

    – Teléfono

    – Correo electrónico

    – Declaración: “Deseo participar en el Sorteo [NOMBRE EXACTO DEL SORTEO] sin obligación de

    compra.”

    Cada tarjeta enviada constituirá una (1) participación.

    REQUISITO OBLIGATORIO:

    Cada tarjeta debe enviarse en un sobre individual. No se aceptarán sobres con múltiples tarjetas ni

    envíos combinados.

    Las entradas deben tener matasellos válido dentro del Periodo del Sorteo y enviarse a:

    Speed Gallery LLC

    Attn: Participación en Sorteo

    Calle 15 CC9 Altura de Flamboyán

    Bayamón, PR 00959

    Se permiten múltiples participaciones siempre que cada tarjeta:

    – Indique el nombre exacto del sorteo al que desea ingresar.

    – Sea enviada individualmente.

    – No utilice métodos automatizados o fraudulentos.

 

Obligación Contributiva del Ganador

El ganador reconoce y acepta que cualquier premio, incentivo o compensación otorgado en virtud de este acuerdo constituye ingreso tributable conforme a lo dispuesto en el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (Ley Núm. 1-2011). En cumplimiento con las disposiciones aplicables a ingresos por concepto de premios y recompensas, incluyendo, sin limitarse, a las Secciones §1031.01(a) (definición de ingreso bruto) y §1031.02 (ingresos incluidos en el ingreso bruto), dicho premio estará sujeto al pago de las contribuciones correspondientes en Puerto Rico.

El ganador será el único y exclusivo responsable de cumplir con todas sus obligaciones contributivas relacionadas con el premio recibido, incluyendo, pero sin limitarse, a la radicación de planillas, declaraciones informativas y al pago de cualquier contribución, cargo, recargo, interés o penalidad que pudiera surgir. La entidad otorgante no asumirá responsabilidad alguna por la retención, declaración, pago o manejo de dichas obligaciones contributivas, salvo en aquellos casos en que una ley o reglamento aplicable disponga expresamente lo contrario.

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